Fachada de la Unidad Básica de Rehabilitación

UNIDAD BÁSICA DE REHABILITACIÓN

Atención integral en rehabilitación

Espacio municipal para la rehabilitación y la inclusión

La Unidad Básica de Rehabilitación es un establecimiento que proporciona servicio de atención de rehabilitación, de promoción a la salud, prevención de discapacidad, rehabilitación simple y de referencia de personas con discapacidad.

En el año de 1987, con la finalidad de extender la cobertura de los servicios de rehabilitación extrahospitalarios, el Sistema Nacional DIF creó a nivel nacional el Programa de Rehabilitación con participación de la Comunidad, mismo que se opera a través de la creación de las Unidades Básicas de Rehabilitación.

Por lo tanto, el DIF Estatal, con el interés de cubrir la demanda de rehabilitación, decidió instalar Unidades Básicas de Rehabilitación con personal especializado en la atención a personas con discapacidad en cada municipio, siendo en el año 2000 durante la administración del Arq. Gerardo González cuando se inicia la construcción de la UBR de este municipio, terminando durante la administración del Lic. Pedro Jasso Delgadillo en el año 2002. El equipamiento es otorgado por el CRIH y por donaciones de ciudadanos del municipio.

Es justo por esta razón que la Unidad Básica de Rehabilitación es un área prioritaria en el Sistema DIF Municipal de Villa de Tezontepec, Hgo., en la cual se atiende a personas con diferentes padecimientos, debido a que el objetivo principal de la rehabilitación de las personas es llevarlas al máximo de sus capacidades residuales y reintegrarlas a su entorno biopsicosocial.

Actualmente, la UBR trabaja con los servicios de terapia física, ocupacional, de lenguaje, estimulación múltiple temprana y consulta de rehabilitación.

SERVICIOS QUE SE OFRECE EL LA UNIDAD BÁSICA DE REHABILITACIÓN (UBR).

  • CONSULTA MEDICA
  • TERAPIA FÍSICA
  • TERAPIA OCUPACIONAL
  • TERAPIA DE LENGUAJE
  • TERAPIA DE PSICOLOGIA

REQUISITOS PARA INGRESO A TERAPIA.

  • PACIENTES QUE TENGAN ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD CONGÉNITA (Y/O ADQUIRIDA).
  • TVALORACIÓN POR EL MÉDICO TRATANTE Y/O ESPECIALISTA, ASÍ COMO REFERENCIA.
  • ESTUDIOS DE LABORATORIO Y/O GABINETE SEGÚN SEA EL CASO.
  • EL COBRO SE APLICARÁ POR LA LEY DE INGRESOS DEL AÑO EN CURSO, Y SE REALIZARÁ UN ESTUDIO SOCIOECONÓMICO.

HORARIO DE SERVICIO.

9:00 AM A 17:00 HRS.

Contacto

Horarios de Atención

Lunes a Viernes 9:00 AM – 5:00 PM
Sábados y Domingos Cerrado